Formulario CFSE-373: Informe Patronal
Debido a las actividades que se ejecutan en el campo laboral, los trabajadores están expuestos a sufrir accidentes; que hasta dentro de una oficina son posibles y por lo tanto los mismos pueden ocasionar lesiones a la integridad física.
Un accidente de trabajo o como también se le conoce accidente laboral, se refiere a toda lesión corporal sufrida por el trabajador ocasionada por el trabajo que esté realizando (o sea, como consecuencia del esfuerzo o mal empleo de materiales o maquinaria), o de manera ocasional por alguna enfermedad como resultado de sus actividades laborales.
Una lesión ocasionada en horario fuera del laboral, no cuenta como una lesión laboral ya que para que una lesión de tal envergadura tenga validez a la hora de solicitar informe patronal, debe prestársele los servicios médicos al obrero lesionado, pero sin obligación por parte de la empresa como lesión laboral.

Definitivamente el trabajador debe tener una lesión en el estricto sentido de la palabra (daño corporal ocasionado por una enfermedad, mal golpe o herida) y que dicha lesión sea causada en el trabajo, o sea como consecuencia del esfuerzo hecho en él.
¿Qué hacer cuando tiene un accidente de trabajo?
Los accidentes de trabajos son lesiones que un trabajador puede llegar a tener o sufrir al llegar a la casa. O simplemente en una ocasión donde el trabajo le pueda llegar a producir una incapacidad, ya sea temporal o permanente.
En caso de que se presente una situación como la descrita anteriormente, se debe:
- Avisar de forma inmediata al jefe o el supervisor en ese momento.
- El supervisor debe prestar los primeros auxilios al trabajador y llevar oportunamente al afectado al servicio de emergencia del hospital industrial. Esto después de que sea atendido con los primeros auxilios.
- El supervisor debe dar aviso lo antes posible (de ser posible el primer día de ocurrido el accidente) al hospital, para que así se pueda llenar un reporte.
- En el siguiente enlace: https://www.fondopr.com>Inicio>Lesionados, se encuentra disponible el Formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT). Este debe ser llenado y el trabajador debe guardar una copia.
- Si el supervisor o jefe no presenta la carta dentro de las 24 horas, (con respecto a lo ocurrido en el accidente), un familiar o alguien allegado al trabajador debe hacerlo.
- Si el accidente es grave y esto pone en riesgo vital o puede producir una secuela grave, el trabajador debe ser trasladado para un hospital de inmediato.
- En esos casos las personas que atienden al lesionado, deben ser notificadas para que lleven al herido a un centro aunque no sea del IST.
Accidentes de trayectoria
Por otra parte, los accidentes de trayectoria se definen como cada uno de los accidentes que ocurren en la vía de forma directa. Este puede abarcar tanto la ida como el regreso, ya sea entre una habitación y el lugar de trabajo, ya que esto es indiferente.

Con esto se quiere decir que, cada una de las personas que haya tenido un accidente de este estilo, puede recibir atención médica. Para lo cual, la persona que tenga el accidente debe cumplir con los siguientes pasos:
- El accidentado debe acudir al centro de atención del IST (en el caso de que no se haya requerido utilizar la ambulancia).
- Una vez estando aquí, la persona a cargo (jefe o supervisor), debe explicar de el accidente y narrar cada uno de los hechos.
- El jefe o supervisor, debe llenar el Formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT) y debe ser entregado antes de las 24 horas.
- En caso de que el empleador, supervisor o jefe; no se presente por circunstancias ajenas, la persona accidentada, si puede debe presentarse por sus propios medios.
En el caso de los accidentes que ocurren por el trayecto (en la vía)
La persona accidentada debe encargarse de poder detallar cada uno de los hechos ocurridos, si está en disposición.
Además, se tiene que exponer el día, la hora y la fecha, así como el lugar donde ocurrió el accidente. En otro caso de haber algún testigo, es importante que sí el mismo se puede presentar, lo haga cuando le sea requerido.

En el caso de que la persona lesionada o accidentada no posea ningún testigo, se puede presentar solo, testificando de forma correcta los hechos ocurridos; ya que no habrá ningún problema, si responde a cada una de las preguntas formuladas de una manera honesta.
Presentar un informe al empleador
Cuando ocurre un accidente laboral el empleado debe informar a su jefe sobre lo ocurrido, lo antes posible.
El informe puede ser directamente o puede ser manejado por un supervisor directo, este mismo debe notificarlo a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE).
Y además se debe completar una serie de documentos, tales como el Informe Patronal (Formulario CFSE-373), mismo que se puede visualizar, en el siguiente enlace:
https://www.fondopr.com/la-corporacion/formularios/.
También este formulario puede completarse manualmente, cuando el jefe o supervisor no puede ingresar al sistema. Para lo cual solo tiene que descargarlo, aquí: https://www.fondopr.com/la-corporacion/formularios/, para luego así poder imprimir el Formulario CFSE-373.
Una vez que el Informe Patronal, se ha completado y está firmado por la persona encargada (jefe, supervisor o empleador), en ese momento.
La persona que tuvo el accidente puede acudir después de una semana (7 días), a cualquiera de los dispensarios de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) o como es conocida por algunos como el IST (Hospital Industrial).
En caso de se quieran ver los dispensarios más cercanos, se pueden visualizar en este enlace: https://www.fondopr.com/la-corporacion/localidades/.
En aquellos casos donde los jefes se nieguen a llenar el Informe Patronal, el trabajador accidentado, puede dirigirse a la sede más cercana del CFSE.No es necesario que sea una oficina, simplemente puede llegar a ser el Hospital Industrial.

Ahí la persona debe informar que el jefe se negó a cumplir, con el requerimiento del accidente de trabajo (llenar el Formulario CFSE-373).
En la oficina de las radicaciones se le podrá entregar un informe patronal, que se encuentra parcialmente cumpliendo con el cometido de informar sobre el accidente laboral pero se debe entregar en conjunto con el Formulario CFSE 450.
Esto se hace para poder otorgarle otra opción al jefe, supervisor o empleador de poder llenar el formulario relativo y correspondiente al accidente. En caso de que el jefe todavía se niegue, pues el trabajador que tuvo el accidente, puede presentar una declaración jurada.
Descargue el formulario CFSE-373
Para poder descargar el Formulario CFSE-373, es necesario ingresar al siguiente enlace: https://www.fondopr.com/la-corporacion/formularios/.
En caso de presentar cualquier tipo de duda o que en el momento de consultar en el enlace, el servidor se caiga, la persona puede dirigirse a la siguiente página:
Formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo: https://www.fondopr.com/lesionados/pasos-seguir-al-sufrir-un-accidente-su-trabajo/.
Formulario de instrucciones CFSE-373
Para poder visualizar cada una de las instrucciones del Formulario CFSE-373, es preciso visitar la siguiente página:
https://www.fondopr.com/lesionados/pasos-seguir-al-sufrir-un-accidente-su-trabajo/. Aquí se pueden visualizar cada una de las casillas, que se deben llenar al momento de realizar esta solicitud.
Cuentas por cobrar del fondo de seguro estatal

El médico responsable que representa a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), es quien se encarga de determinar si el trabajador lesionado; posee alguna incapacidad.
El tipo de incapacidad puede demostrarse realizando una serie de exámenes donde los resultados, dejen al descubierto si la lesión incapacita al trabajador (ya sea permanente o temporalmente.
Factor que también es influido por el trabajo que éste realiza, o deriva en una enfermedad ocupacional.
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