Requisitos para un traspaso de vehículo en Puerto Rico. Guía paso a paso para hacer el trámite

Cuando se vende un carro es necesario hacer el traspaso, ya que hasta que el traspaso o cambio de propietario no se realiza el vendedor del auto seguirá siendo quien figure como propietario del vehículo.

Y por lo tanto es el responsable ante las autoridades del pago de los impuestos por el mismo, esto a pesar de que ya se lo haya vendido y entregado a otra persona, habiendo recibido el dinero. Es por esto que es de suma importancia realizar el traspaso de propiedad lo antes posible.

Requisitos para un traspaso de vehículo en Puerto Rico. Guía paso a paso para hacer el trámite

¿Qué es un traspaso de vehículo?

Un traspaso es un trámite que se tiene que hacer, para poder comprar un vehículo usado en este caso. De igual manera, es un trámite legal que al hacerlo indica a las autoridades de tránsito que el vehículo en cuestión ha cambiado de dueño y que por ende, pertenece a otra persona.

Este trámite facilita la adquisición de un vehículo usado, cuando no se puede comprar uno nuevo. Pero también le quita la responsabilidad al dueño anterior, ante las autoridades de tránsito sobre el pago de impuestos, o ante cualquier irregularidad que surja donde esté involucrado el vehículo.

¿Cómo se hace un traspaso de vehículo?

La solicitud del traspaso del vehículo debe hacerse en CESCO, que son los Centros de Servicios al Conductor en Puerto Rico.

Estos son instancias gubernamentales que están adscritas al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), ante la cual se hace el traspaso vehicular.

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Requisitos para un traspaso de vehículo

Se trata de una serie de documentos, que se deben presentar para hacer efectivo el traspaso; estos se enumeran a continuación:

  1. Documento de identificación vigente y con foto.
  2. Ser mayor de edad.
  3. Tarjeta del seguro social, más una copia y pasaporte si el solicitante no es nacido en Puerto Rico o Estados Unidos, si es extranjero o residente.
  4. Presentar poder para realizar el trámite si la persona está en Estados Unidos.

Documentos adicionales

Adicionalmente a la documentación descrita anteriormente, se deben consignar otros documentos relativos al vehículo, tales como:

  1. Cotizaciones por si el vehículo posee algún gravamen.
  2. Constancia de no haber una multa por pagar.
  3. Recibo de rentas internas codificado con el número 1696 y cuyo costo es de $5 dólares.
  4. Si el documento de propiedad no es legible, entonces se debe presentar el certificado marbete, el original y una copia adicional del mismo.
  5. En caso de no haber un título de propiedad se deberá presentar una declaración jurada de traspaso, la cual debe haberse gestionado ante un notario público.
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Pasos a seguir

  1. Cuando ya se tiene posesión de los documentos (tanto del comprador como del vehículo a comprar), se procederá a concretar el traspaso. Para lo cual ambas personas (tanto el vendedor como el comprador del vehículo), deben estar presentes en la oficina de CESCO.
  2. Acto seguido, se presentarán los documentos requeridos en la referida oficina; tanto los de identidad como los pertenecientes al vehículo, ante el notario autorizado. Éste procederá a la revisión y se procederá a la firma de declaración jurada del traspaso, ante el mismo.
  3. Habrá un plazo de diez días, después de haberse hecho la juramentación, quedando formalizado el traspaso ante notario.
  4. Es importante no olvidar, que el inicio de este trámite ante CESCO conlleva el pago (hecho anticipadamente) de los impuestos correspondientes, según el tipo de vehículo.
  5. Así como también debe hacerse la cancelación de los comprobantes exigidos, para el buen término del mismo.

Verificar la propiedad de un vehículo

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La verificación debe hacerse en una oficina de CESCO. Se aconseja se haga preferiblemente, presencialmente, a menos que en esta oficina indiquen que se haga online.

El notario o funcionario asignado por CESCO para realizar el trámite, recibirá la documentación requerida para la verificación. Debiendo estar presenta el vendedor del vehículo, igualmente que el comprador. El notario CESCO, efectuará el seguimiento de la verificación.

¿Cuál es la edad mínima para un traspaso de vehículo?

Siendo que todas las responsabilidades que se adquieran como persona, deben realizarse dentro de una mayoría de edad, para asegurarse de que quien las asume tiene la debida madurez mental para su acción.

El traspaso de vehículos no está exento de esto y para la realización de este trámite se requiere que ambas partes no sean menores de 18 años, sobre todo previendo que la persona que compra el vehículo, pueda cometer alguna infracción o falta.

De esta manera, quien posea el vehículo debe asumir las sanciones que le correspondan, como están  establecidas en las leyes de circulación de Puerto Rico. Es conveniente consultar con un notario para recibir orientación y asesoría sobre este punto, incluso sobre las excepciones contempladas en las leyes, ya que siempre puede haberlas y poder así realizar el traspaso del vehículo, sin incumplir la normativa legal.

¿Cuál es el costo de un traspaso de vehículo?

Los costos de este trámite se puede decir que son: el pago de los comprobantes de algunos documentos, certificados, penalización por someter traspaso después de los diez días. Estos costos oscilan entre los $5 hasta los $30 dólares y por cada mes que tarde el propietario en someterse al traspaso, por esto se cobrarán $5 dólares.

En el caso de los impuestos se deben cancelar los derechos del trámite, lo que por tipo de vehículo será:

  • Carros $128.065 dólares y
  • Motos $62.665 dólares.

A esto último se le debe sumar a cada uno, el 1% de retención en la fuente. Para cualquier otro documento adicional que sea requerido por CESCO. Además debe tomarse en cuenta que los Certificados o Comprobantes agregan costo adicional.

¿Quién paga el traspaso de un carro en Puerto Rico?

De Puerto Rico a Estados Unidos: Formulario I-130 Petición de Familiar Extranjero

Pagos que debe hacer el vendedor del vehículo:

  • Comprobante de Rentas Internas por la cantidad de diez dólares ($10.00).
  • Si la venta se hace mediante declaración jurada ante notario, se debe pagar el Comprobante de Rentas Internas por la cantidad de treinta dólares ($30.00).

Penalidades para el comprador de atrasarse en completar el proceso del traspaso

  • Si el comprador o nuevo dueño, somete el traspaso después de diez (10) días de haberse formalizado el proceso de traspaso, pero antes de treinta (30) días de la fecha, debe pagar diez dólares ($10.00), por el Comprobante de Rentas Internas.
  • Ahora, si pasa de los treinta (30) días, éste se verá obligado a pagar cinco dólares ($5.00) adicionales por cada mes que pase, por el Comprobante de Rentas Internas.

Fuentes                                                                              

https://www.dtop.pr.gov.

https://www.cesco.pr.gov.

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