Requisitos para llenar Planilla Federal en Puerto Rico
La información fundamental que se necesita para poder llenar correctamente la Planilla Federal, es el nombre completo de cada dependiente, tal como aparece en la Tarjeta del Seguro Social, también debe incluirse el número exacto de Seguro Social, así como la fecha de nacimiento. Además es parte de la planilla federal, el comprobante de retención o cualquier otra evidencia de ingresos.
Para responder cuándo debe radicarse esta planilla:
- Si el año contributivo es el año natural, se debe radicar la planilla a más tardar el 18 de abril de 2022.
- Ahora, la fecha de vencimiento es el 18 de abril (en lugar del 15 de abril), motivado a la celebración del Día de la Emancipación en el Distrito de Columbia, aunque el contribuyente no viva en el Distrito de Columbia.
Cada contribuyente debe tener clara la información sobre la planilla federal, para responder a las preguntas formuladas correctamente.
¿Qué es la Planilla Federal?
Este formulario es utilizado para realizar el cálculo de la Contribución sobre el Trabajo por Cuenta Propia, además del Crédito Tributario Adicional por hijos.
Además este formulario está dirigido a los residentes de Puerto Rico, que no estén obligados a radicar una Planilla de Contribución Federal Estadounidense sobre los Ingresos.
¿Quiénes tienen que llenar la Planilla Federal?
Los ciudadanos o residentes extranjeros de los Estados Unidos, que no son residentes bona fide de Puerto Rico durante el año tributario entero, están obligados a declarar en la Planilla de Contribuciones Federales sobre los Ingresos; el ingreso recibido de cualquier fuente.
Independientemente, de si una persona tiene o no el requisito de presentar una declaración de impuestos sobre los ingresos estadounidenses, posiblemente esa persona tenga la obligación de radicar una planilla en los Estados Unidos para así declarar los ingresos del trabajo por cuenta propia que se derivan de algún oficio o negocio que éste tenga en Puerto Rico y/o en otro lugar.
Dirección para enviar la Planilla Federal
Para las personas que deben dinero en balance fiscal, una forma de hacer el pago es enviando un giro postal o cheque al IRS, entonces el IRS debe enviar al contribuyente un aviso indicando su saldo y dónde enviar el pago o si puede usar el comprobante de pago, que es el Formulario 1040-V, para pagar el monto adeudado junto al formulario: 1040, 1040A o 1040EZ.
La siguiente tabla resume las direcciones postales, de cualquier pago del Formulario 1040-V, según sea el área o zona donde se habita.
Área o zona de residencia | Dirección de envío |
Louisiana, Florida, Texas y Mississippi | Servicio de Impuestos Internos Apartado Postal 1214 Charlotte NC 28201-1214 |
Arizona, Alaska, Colorado, California, Idaho, Hawái, Nuevo México, Nevada, Utah, Oregón, Wyoming o Washington | Servicio de Impuestos Internos Apartado Postal 7704 San Francisco, CA 94120-7704 |
llinois, Arkansas, Iowa, Indiana, Michigan, Kansas, Montana, Minnesota, Dakota del Norte, Nebraska, Oklahoma, Ohio, Wisconsin o Dakota del Sur. | Servicio de Impuestos Internos Apartado Postal 802501 Cincinnati, OH 45280-2501 |
Georgia, Alabama, Nueva Jersey, Kentucky, Carolina del Sur, Carolina del Norte, Virginia o Tennessee | Servicio de Impuestos Internos Apartado Postal 931000 Louisville, KY 40293-1000 |
Delaware, Connecticut, Maine, Distrito de Columbia, Massachusetts, Maryland, New Hampshire, Missouri, Pennsylvania, Nueva York, Vermont, Rhode Island o Virginia Occidental | Servicio de Impuestos Internos Apartado Postal 37008 Hartford, CT 06176-7008 |
Para el siguiente grupo de personas, deben enviar sus formularios por correo al Servicio de Impuestos Internos, Apartado Postal 1303, Charlotte, NC 28201-1303.
Quienes viven en:
- Un país extranjero.
- Samoa Americana.
- Puerto Rico
- Aquellas personas que excluyen ingresos bajo el Código de Ingresos Internos 933.
- Las personas que usan una dirección FPO o APO.
- Quienes presentan el Formulario 2555, 2555 EZ, 4563.
- Extranjeros con doble estatus, o residentes no permanentes de Guam o las Islas Vírgenes de los Estados Unidos.
Salario mínimo para rendir planilla
Todo individuo que durante el año contributivo, tenga un ingreso neto sujeto a contribución básica alterna de $25,000 dólares o más.
¿Dónde llenar planilla federal?
Esta planilla debe rendirse electrónicamente, utilizando cualquier programa o aplicación certificado por el Departamento de Hacienda o a través del sistema SURI, siguiendo los parámetros que el Departamento establezca en la publicación emitida para estos propósitos.
Para conocer los proveedores certificados por el Departamento de Hacienda, es preciso hacer click aquí: https://hacienda.pr.gov/radicar-en-linea-planilla-2020.
Para obtener más detalles, se puede buscar la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 21-06 (“CC RI 22-04”). Para descargar la CC RI 22- 04, dar click aquí:
https://hacienda.pr.gov/publicaciones/carta-circular-de-rentas-internas-num-22-04-cc-ri-22-04.
Las planillas en papel se pueden usar únicamente por aquellos contribuyentes que radiquen para los años contributivos 2018 y años anteriores. Se puede entregar la planilla en cualquiera de estas opciones:
Personalmente
En el Departamento de Hacienda: Edificio Intendente Alejandro Ramírez, Paseo Covadonga #10, Viejo San Juan.
Colecturías de Rentas Internas
Hacer click en este enlace, para ver la lista de colecturías: https://hacienda.pr.gov/sobre-hacienda/servicios-al-contribuyente/directorio-de-colecturias.
Centros de Orientación y Preparación de Planillas
Para más información sobre los Centros de Planillas, hacer click aquí: https://hacienda.turnospr.com/Service?serviceId=30804.
Por correo postal
Departamento de Hacienda.
PO Box 9022501.
San Juan, PR 00902 / 2501.
¿Cuándo llegan las planillas federales?
Los reembolsos de las planillas federales por lo general, son emitidos dentro de un periodo de 21 días hábiles; si se presentó la declaración de impuestos de forma electrónica.
Ahora si se realizó la presentación en papel el periodo será de 42 días hábiles.
Fuentes
https://www.irs.gov/
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