¿Cómo solicitar plan 8 en Puerto Rico?

La Sección 8 de la Ley de Vivienda y Desarrollo Urbano, o plan 8 data del año 1974. Cuando se creó un programa de subsidios federales de viviendas; para personas con bajos recursos económicos en Puerto Rico. El objetivo fundamental de este programa es permitir que aquellas personas de escasos ingresos puedan seleccionar libremente una vivienda.

De esta manera, el gobierno trata de que la pobreza no se concentre en unos sectores específicos. Además, este programa permite que las personas puedan elegir viviendas seguras, decentes y sobre todo sanitarias, esto a pesar de obtener escasos recursos.

¿Cómo solicitar plan 8 en Puerto Rico?

¿Qué es el plan 8?

La Sección 8 de la Ley de Vivienda de los Estados Unidos de 1937, a menudo conocida simplemente como Sección 8 o como popularmente se conoce Plan 8 (misma que ha sido según enmendada repetidamente) es un programa social que autoriza el pago de asistencia de vivienda en alquiler a los propietarios privados, en nombre de aproximadamente tres millones de hogares de bajos ingresos.

En Puerto Rico la Sección 8 de la Ley de Vivienda y Desarrollo Urbano de 1974 o Plan 8, creó un programa de subsidios federales de viviendas enfocados en personas con bajos recursos económicos.

Este programa es muy similar al de Estados Unidos, pero se diferencia en que en Puerto Rico las personas pueden comprar la vivienda, además de que las eligen a su gusto y necesidades.

¿Quiénes pueden ser elegibles para la Solicitud del Plan 8?

Cualquier persona con limitados recursos que resida dentro de Puerto Rico.

¿Cómo funciona?                

El Programa de Sección 8 o Plan 8, se puede llevar a cabo de diferentes maneras:

  • Mediante la asignación de vales (“vouchers”), otorgados a los participantes que han demostraron ser elegibles.
  • Asignar a estas personas que reciben beneficios a un proyecto de viviendas, lo que permitirá que las personas puedan disfrutarlas mediante el Programa de Sección 8 o Plan 8. 

Igualmente, hay algunos vales que funcionan en todos los municipios, lo que permite que se puedan trasladar. Los vales que provee el gobierno municipal, sólo sirven para viviendas dentro del mismo municipio.

Cuando una familia habita en una residencia cubierta por el Programa de Sección 8 o Plan 8, sólo paga una porción de la renta y esta cantidad se calcula según los ingresos percibidos por el grupo familiar, en este cálculo se incluye la fianza y la responsabilidad que se tiene sobre el apartamento.

El Programa de Sección 8 o Plan 8, se encarga de pagar la diferencia de la renta a quien es la persona dueña de la propiedad. Es importante tener claro que las partidas que se deben pagar por ambas partes, pueden variar (subir o bajar), debido a cambios de ingreso, o a la disminución del subsidio.

¿Cómo solicitar plan 8 en Puerto Rico?

Requisitos para solicitar plan 8

Los requisitos para completar la Pre Solicitud del Programa de Sección 8, son los que se enumeran a continuación:

  • Ser una familia (puede ser de un solo miembro).
  • Tener la mayoría de edad (21 años) o estar emancipado.
  • Ser ciudadano americano o residente permanente.
  • Cumplir con los límites de ingresos establecidos por el Departamento de la Vivienda Federal, (HUD, por sus siglas en inglés), según aplique en el caso.

¿Cómo realizar una Pre Solicitud de Plan 8?

El solicitante debe completar una Pre-Solicitud de Vivienda del Programa de Sección 8 o Plan 8, mediante una de las siguientes formas:

  • Accediendo directamente al enlace: https://www2.pr.gov/resc/Pages/login.aspx (en el portal oficial www.pr.gov ). Para después, seleccionar el ícono de Sección 8 o Plan 8, una vez ahí es necesario seguir los pasos indicados.
  • Llamando a Tu Línea de Servicios de Gobierno 3-1-1 o al (787) 792-5533.

Al momento de completar la Pre-Solicitud de Vivienda del Programa de Sección 8 o Plan 8, con la ayuda del telecomunicador de Tu Línea de Servicio de Gobierno 3-1-1, el solicitante debe proporcionar la siguiente información de todos los miembros del grupo familiar:

  • Información personal: nombre completo, número de seguro social, dirección residencial y postal, teléfono, edad, fecha de nacimiento, número de licencia de conducir y algunos otros.
  • Información sobre los ingresos brutos y/o beneficios: fuentes de ingresos, cantidad, frecuencia.
¿Cómo solicitar plan 8 en Puerto Rico?

¿Qué pasa luego de obtener el Vale?

La familia tiene derecho a ir al mercado inmobiliario y localizar una de las viviendas que ha sido identificada como elegible para el Programa de Sección 8 o Plan 8. Cuando se ha elegido la residencia, la persona dueña de la vivienda debe completar la Solicitud de Aprobación de Arrendamiento.

La Administración de Vivienda Pública, enviará a un personal de inspección que revisará la propiedad para cerciorarse de que cumple con los estándares federales, respecto a seguridad y sanidad. El contrato que se firma entre las partes (dueña de la propiedad y la persona inquilina), debe ser por un año.

A su vez, la persona dueña de la propiedad debe firmar un contrato con la Administración de Vivienda Pública, mediante el cual recibirá el subsidio de renta; estos contratos pueden ser renovados anualmente.

¿Cuánto paga Sección 8 en Puerto Rico?

La familia es responsable de pagar una aportación de acuerdo a sus ingresos (30% del ingreso bruto ajustado, en el caso de que no tengan ingresos hay una aportación mínima de $25.00 dólares).

¿Cómo solicitar plan 8 en Puerto Rico?

El Departamento de la Vivienda, que figura como administrador de los fondos del Programa de Sección 8, será quien pagará la diferencia en calidad de subsidio.

Fuentes

www.pr.gov.

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